Código de Conducta
Cada miembro de esta Asociación, cumplirá, no sólo en la letra sino también en el espíritu el siguiente CODIGO DE CONDUCTA:- El centro se esforzará por mantener, y en lo posible mejorar, la calidad de su enseñanza, así como de los demas servicios que ofrecía en el momento de asociarse.
- Facilitará al público en todo momento una información completa, real y verificable sobre las características del Centro y su funcionamiento didáctico.
- Asímismo, pondrá a disposición del sus alumnos antes de su matriculación todo lo referente a la forma de cobro de sus honorarios, régimes de altas y bajas, precios y lo que cubren, posibles "extras" y, en general, todas las condiciones que rigen las relaciones Centro-Alumno.
- Los certificados o diplomas que expida el Centro obedecerán a un criterio real y solvente de evaluación, y el Centro informará verazmente sobre el grado de validez de acuerdo con la legislación vigente.
- El profesorado constará de personas competentes y especializadas en la enseñanza de los idiomas que imparten.
- El centro acatará e implementará las directrices dadas por los organos competentes de ACEIA que le afecten, y aceptará las inspecciones que lleve a cabo en él la asociación en relación con este código.
- El Comité Directivo procurará resolver con la máxima celeridad e imparcialidad las reclamaciones recibidas de alumnos matriculados en Centros Asociados en relación con este código.
- El Centro se somete expresamente a la decisión final, tras las debidas advertencias y audiencias previas, de la Asamblea General de la Asociación en los contenciosos surgidos a raiz del código.
- El Centro cumplirá, en lo demás, todos los requisitos que le impongan la legislación vigente sobre este tipo de centros y que no se hallen recogidos aquí.
- Este Código se exhibirá en lugar público en cada centro ACEIA.