Condiciones de compra y devoluciones

Todo usuario que desee inscribirse para asistir a alguna de las conferencias organizadas por la ASOCIACION DE CENTROS DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS DE ANDALUCIA (en adelante ACEIA), primero debe leer y aceptar las Condiciones Generales de compra que a continuación se detallan.

Una vez que inicie la navegación a través de esta web el internauta adquiere la condición de USUARIO, y una vez que cumplimente los pasos establecidos para la la inscripción a una conferencia, tendrá la consideración de CLIENTE. En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 1906/99 de diecisiete de diciembre, por la que se regula la contratación electrónica con condiciones generales, y de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (Ley 7/1996 de 15 de Enero, modificada por la Ley 47/2002 de 19 de Diciembre) en lo aplicable a lo dispuesto sobre las ventas a distancia en los artículos 38 y siguientes, ACEIA informa:

Pago

ACEIA cobrará al CLIENTE por la prestación del servicio las tarifas vigentes en cada momento en la web y que aparecerán una vez acceda al formulario de inscripción de la conferencia de su interés, en el que aparecerá el precio correspondiente a la selección efectuada y los impuestos aplicables. Una vez cumplimentado el formulario, se abrirá la sección correspondiente al pago, conectando con la pasarela segura de la entidad bancaria con la que trabaja ACEIA en la que se detallará el importe a abonar y se solicitará la introducción de los datos de la tarjeta de crédito.

Derecho de desestimiento

El CLIENTE debe asegurarse fehacientemente antes de tramitar la reserva de la exactitud y adecuación de los datos introducidos, ya que no es posible la cancelación de las inscripciones una vez realizada la compra. No poder asistir a la conferencia o cometer un error en el proceso de inscripción no son motivos que permitan su devolución. Sólo podrán anularse inscripciones por posibles incidencias técnicas u operativas, imputables a ACEIA. El usuario no podrá ejercitar el derecho de desistimiento o resolución previsto en el artículo 44 de la ley 47/2002 de 19 de diciembre de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, al estar excluido en el artículo 45 b). Tampoco podrá ser ejercido por el usuario el derecho de Resolución previsto en el artículo 4 del R.D. 1906/19999, de 17 de diciembre, al estar excluido el ejercicio del mismo en el artículo 4.5. No obstante lo anterior, cuando el importe de una compra hubiese sido cargado fraudulenta o indebidamente, utilizando el número de una tarjeta de pago, el titular de la misma podrá solicitar la anulación del cargo a ACEIA siempre y cuando se acredite la previa presentación de denuncia por estos hechos. La devolución del importe de las mismas se realizará mediante reclamación por escrito, a la que deberán acompañarse los documentos (denuncia) que acrediten la pérdida o robo de la tarjeta con la que se efectuó el pago. Sin embargo, si la compra hubiese sido efectivamente realizada por el titular de la tarjeta y la exigencia de devolución no fuera consecuencia de haberse ejercido el derecho de desistimiento o de resolución reconocido en el artículo 44 y, por tanto, hubiese exigido indebidamente la anulación del correspondiente cargo, aquel quedará obligado frente al vendedor al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de dicha anulación.

Reclamaciones

Para cualquier aclaración sobre las presentes condición es generales o para realizar cualquier reclamación relativa a su compra, el CLIENTE tiene a su disposición las siguientes direcciones: ASOCIACION DE CENTROS DE ENSEÑANZA DE IDIOMAS DE ANDALUCIA Av. las Américas, 41927 Mairena del Aljarafe, Sevilla (España)630 15 29 79 Email: aceia@aceia.es

Ley aplicable y jurisdicción competente

El CLIENTE se somete, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales de la ciudad de Sevilla (España ). Estas Condiciones Generales se rigen por la ley española. Ambas partes reconocen que la legislación aplicable al presente contrato, y a todas las relaciones jurídicas dimanantes del mismo, será la española, por expresa aplicación de lo dispuesto en el artículo 1.262 del Código Civil, en relación a lo dispuesto en el Capítulo IV, del Título Preliminar del mismo cuerpo legal.